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Trámites tras un fallecimiento: guía y checklist para familias

Cuando fallece un ser querido, llegan de golpe los papeles, las llamadas y los plazos. Hemos reunido en una guía clara todo lo que hay que hacer en España, ordenado en el tiempo, para que puedas ir paso a paso sin miedo a olvidar nada importante.

  • Qué hacer en las primeras 48 horas: certificado médico, funeraria, seguro de decesos y Registro Civil.
  • Los certificados clave: últimas voluntades, seguros de vida, testamento y declaración de herederos.
  • Pensiones, bancos y suministros: viudedad, orfandad, auxilio por defunción, cuentas y alquiler.
  • Herencia e impuestos: Sucesiones, plusvalía municipal y renta del fallecido, con sus plazos.
  • Checklist imprimible para ir marcando lo que ya está hecho.

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Trámites tras un fallecimiento
6 apartados · checklist imprimible · webs oficiales

Qué incluye la guía

Está organizada en el mismo orden en el que te vas a encontrar los trámites, desde las primeras horas hasta los meses siguientes.

  1. Las primeras horas

    Certificado médico, seguro de decesos, funeraria, Registro Civil, licencia de enterramiento y qué documentos reunir.

  2. Los primeros días y semanas

    Pensiones de viudedad y orfandad, auxilio por defunción, bancos, finiquito, alquiler, suministros y cuentas digitales.

  3. Los certificados clave

    Certificado de últimas voluntades, certificado de seguros de fallecimiento, copia del testamento y declaración de herederos.

  4. La herencia y los impuestos

    Aceptación de la herencia, Impuesto sobre Sucesiones, plusvalía municipal, renta del fallecido y cambios de titularidad.

  5. Checklist imprimible

    Todas las gestiones en una sola hoja, agrupadas por plazos, para ir marcándolas a mano.

  6. Dónde se tramita cada cosa

    Organismos y webs oficiales: Ministerio de Justicia, Seguridad Social, Agencia Tributaria, notarías y DGT.

Los plazos que más se olvidan

Un adelanto de lo que encontrarás en la guía: estos son los plazos habituales en España que conviene tener apuntados desde el principio.

PlazoTrámiteDónde
Primeras horasInscripción en el Registro Civil y licencia de enterramiento o incineración (normalmente la gestiona la funeraria)Registro Civil
Desde 15 días hábilesCertificado de últimas voluntades y certificado de seguros de fallecimientoMinisterio de Justicia
Cuanto antesPensión de viudedad u orfandad (si se pide tarde, en general solo se recuperan 3 meses de atrasos)Seguridad Social
3 mesesComunicar al arrendador la subrogación del alquiler, si convivíais en una vivienda alquiladaArrendador
6 mesesImpuesto sobre Sucesiones (prórroga de 6 meses más si se pide en los 5 primeros)Comunidad autónoma
6 mesesPlusvalía municipal si hay inmuebles urbanos (prorrogable hasta un año)Ayuntamiento
Año siguienteÚltima declaración de la renta del fallecidoAgencia Tributaria

Información orientativa, revisada en septiembre 2026. La normativa varía entre comunidades autónomas y municipios: para tu caso concreto, consulta con tu notaría o gestoría.

Preguntas frecuentes

¿Qué hay que hacer primero cuando fallece un familiar?

Conseguir el certificado médico de defunción y comprobar si tenía seguro de decesos. Si lo tenía, la aseguradora asigna una funeraria que se encarga de la inscripción en el Registro Civil y de la licencia de enterramiento. Si no, elige funeraria y pide un presupuesto cerrado por escrito.

¿Cuándo se puede pedir el certificado de últimas voluntades?

A partir de los 15 días hábiles desde el fallecimiento. Se solicita al Ministerio de Justicia, por internet, en persona o por correo, junto con el certificado de defunción y el pago de una pequeña tasa.

¿Cuánto tiempo hay para pagar el Impuesto sobre Sucesiones?

Seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga de otros seis meses, siempre que se solicite dentro de los cinco primeros. Las bonificaciones dependen de la comunidad autónoma donde residía el fallecido.

¿Tengo que devolver la pensión cobrada después del fallecimiento?

Sí. Las mensualidades de pensión ingresadas después de la fecha del fallecimiento no corresponden y la Seguridad Social las reclamará. Lo mejor es no disponer de ese dinero hasta que se regularice.

¿La guía es gratuita?

Sí, completamente. Solo te pedimos un email para enviarte el enlace de descarga. Si quieres, también puedes recibir algunos consejos más por correo, pero es opcional y puedes darte de baja cuando quieras.

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